1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure,
así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación,
el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales
necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,
enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de
subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia
especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio,
tienen derecho a igual protección social.
Declaración de los Derechos Humanos
Articulo N° 25
1. El mundo post moderno y los
Derechos Humanos
La sociedad de hoy, luego de diversos
procesos sociales y políticos, reconoce que el ser humano, como ciudadano,
tiene derechos inviolables frente al Estado, y que éste tiene el deber de
respetar y garantizar, o debe organizar acciones a fin de alcanzar su plena
realización. Estos son los llamados Derechos Humanos que el Estado debe
respetar, garantizar o satisfacer.
Derechos Humanos corresponde al
pensamiento del ser humano como un ser libre, con dignidad frente al estado y
la sociedad. El uso del poder del estado a través del gobierno que se otorga
democráticamente, en el caso de la salud pública, debe ejercerse permitiendo el
acceso universal de todos los ciudadanos en forma equitativa a los servicios de
salud.
Los profesionales de salud, como los
odontólogos y otros profesionales, deben tener este enfoque de la salud como un
derecho humano; buscando que los servicios de salud sean de calidad, y
contribuyan a la conservación integral de la salud, a fin de contribuir con el
bienestar general de las personas, y un completo desarrollo de la salud como
producto social.
Salud también debe considerarse de carácter social, porque tiene compromiso ético con el bienestar y calidad de vida de las comunidades. Salud es hablar de los determinantes sociales y calidad de vida, a su vez establecer su relación o también de los diversos procesos sociales, culturales, políticos y económicos que afectan a individuos, familias y comunidades.
Las determinantes sociales son estructurales e intermedias, como la educación, cultura o ingresos económicos quien determina el nivel de salud de la población.
La salud es un derecho humano fundamental, por ello, atender la salud reviste una responsabilidad política y social, además de ética, técnica, y biológica.
Abordar las determinantes sociales que afectan a la salud está ligado al derecho a calidad de vida y bienestar de paz con desarrollo para individuos, familias y comunidades. El enfoque de la salud como un derecho humano no solo busca mejores servicios de salud, participa de los diversos procesos de gestión territorial para alcanzar calidad de vida y escenarios de salud integral y bienestar general de las personas. La salud como derecho humano, se asume como derechos inherentes a todos los seres humanos; sin distinción de ninguna naturaleza.
Los ciudadanos tienen, todos, los mismos derechos. Los derechos humanos universales, dentro de ellos los de salud, están garantizados por Convenios Internacionales, la Constitución de la República y las leyes; ningún gobierno puede ignorarlos.
Por ello en la sociedad peruana es
necesario trabajar por la construcción de Política de Estado. Estas políticas
deberán asumir el abordaje de los determinantes sociales que afectan la salud
integral, proponer el acceso universal en los servicios de salud; generar
equidad, invertir en mejores servicios, desarrollar las capacidades de los
recursos humanos en salud, invertir con presupuesto nacional para mejores
servicios de atención primaria en salud y de especialidades, así como de
acciones de promoción de la salud en todos los niveles.
Acceso Universal: Garantizar
el acceso de toda la población a los servicios de salud; permanentes, oportunos
y eficaces.
Gratuidad: Eliminación de las
barreras económicas para que toda la población reciba atenciones de salud a
través del acceso universal de salud.
Igualdad: Derecho de todos los ciudadanos de recibir igual respeto, trato y protección sin distinción de etnia, religión, género, edad, ideología política, condición socioeconómica, discapacidad, identidad y género.
Humanización: Los profesionales de salud deben estar encaminados hacia una relación humana de calidad y calidez, considerando las necesidades de los usuarios y las usuarias.
Calidad: Cumplimiento de todas las normas en la prestación de los servidos de salud establecidos para las personas, la familia y la comunidad. Acceso oportuno, continuo, con eficiencia, eficacia, efectividad, seguridad, integralidad y calidez. Satisfacción y seguridad del usuario por las atenciones recibidas, la certificación de los recursos, habilitación y acreditación de los servicios.
Calidez: Adecuada elación entre el personal de salud y los usuarios(as). Con empatía y autenticidad, contribuyendo al éxito de la atención. Requiere de la aceptación incondicional hacia el usuario(a), acompañado de sentimientos de respeto y apoyo independientemente de las actitudes, sentimientos o acciones de aquel.
Solidaridad: Ayuda mutua entre el personal de salud y usuarios de salud, desde las poblaciones con mayor capacidad de pago y más sanas hasta aquellas más pobres y vulnerables, para alcanzar satisfacción en salud como bien común.
Equidad: Que las provisiones de los servicios de salud sean definidos de acuerdo a las necesidades sociales, económicas, demográficas y geográficas de la población, inclusión social para quien más lo necesita.
Confidencialidad: Se relaciona con el derecho de las personas a exigir de los/as proveedores/as de salud (personal médico, odontológico, de enfermería, promoción y equipos de trabajo) la no revelación y el resguardo de la información provista en cualquier atención de salud/enfermedad.
Participación Social: Intervención activa de los ciudadanos, grupos, organizaciones sociales y comunitarias, instituciones privadas, solidarias y otros sectores sociales en la tarea de mantener, mejorar, recuperar y fomentar la salud
1. Derechos humanos: La salud es un derecho
humano básico e inseparable de la salud integral y del bienestar general.
2.
Género: Constructo social
donde hombre y mujeres son iguales. Permite enfocar, analizar y comprender
características que definen a mujeres y hombres de manera específica, así como
sus semejanzas y sus diferencias. Propone analizar la problemática del país y
asumir las diversas y complejas relaciones sociales que se dan entre ambos
géneros.
3.
Determinantes de la salud: Permite tomar
en cuenta el entorno y las condiciones sociales en que las personas viven y
trabajan, así como las situaciones que las obligan a vivir en determinadas
circunstancias y que impactan sobre la salud.
4.
Ciclo de vida: la atención en salud se realizará a través de
la oferta de servicios diferenciada según etapa del ciclo de vida garantizando
calidad y continuidad en los diferentes niveles de los servicios de salud.
5. Integral e integrado: Derecho a recibir servicios de educación
sanitaria, promoción, prevención, diagnóstico, curación y rehabilitación de la
salud en un proceso continuo y de
acuerdo a sus necesidades en todos los ciclos de vida y a través de los
diferentes niveles de atención de los servicios de salud.
6. Preventivo: Son las acciones de promoción
de la salud (educación); así como atenciones preventivas especificas con mínima
intervención y de alto impacto en la población.
7. Salud basada en evidencia: Estrategia
para abordar los problemas clínicos utilizando concienzuda, juiciosa y
explícitamente la mejor evidencia disponible resultante de la investigación
científica en la toma de decisiones de cuidados de la salud del individuo.
8.
Bioética: Aspectos éticos y
sociales en la salud relacionadas a la salud de los profesionales, los
procedimientos de alto riesgo, el consentimiento informado para tratamientos,
la revisión de procedimientos nuevos, la calidad de los servicios, la mala
praxis y el secreto profesional, todo ello dentro de un marco legal
deontológico post moderno.
CD CÉSAR A. TORRES NONAJULCA
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